window.addEventListener('keydown', function(e) { if(e.key === 'Escape'){ e.preventDefault() } });
Noticias hoy
    En vivo

      Elecciones 2025 en CABA: los motivos válidos para no ser autoridad de mesa

      • Existen varios motivos para justificar la ausencia.
      • En caso de no hacerlo recibirán una sanción económica.

      Elecciones 2025 en CABA: los motivos válidos para no ser autoridad de mesa
Elecciones 2025 en CABA: los motivos válidos para no ser autoridad de mesa. EFE/ Enrique García Medina
      Redacción Clarín

      Las personas que sean elegidas de manera aleatoria por el Instituto de Gestión Electoral y notificadas por el Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires para las elecciones 2025 del próximo 18 de mayo en CABA tienen un plazo determinado para solicitar la anulación de su selección. En detalle, cuáles son los motivos válidos para no ser autoridad de mesa.

      Cada mesa de votación tiene un presidente de mesa, que es la máxima autoridad, un auxiliar de mesa, que se encarga de asistir al presidente y lo reemplaza en caso de ser necesario, y un suplente, que "actuará como Auxiliar de la mesa en la que se encuentre designado/a, en caso de ausentarse alguno/a de los/as electores/as designados/as como titulares para ejercer tales funciones".

      Los motivos válidos para no ser autoridad de mesa

      El encargado de notificar a los representantes de la mesa el día de las elecciones es el Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires. El Código Electoral obliga a hacerlo no menos de 30 días antes de la fecha en la que se llevan a cabo las elecciones.

      Las personas que reciban la notificación para ser autoridad de mesa tienen hasta tres días hábiles para notificar al Tribunal Electoral que está comprendido en alguna de las causales de inhabilidad que establece el artículo 183 del Código Electoral: desempeñen algún cargo partidario y/o electivo a la fecha de la elección; sean candidatos/as a cargos electivos en la elección respectiva; sean afiliados/as a alguna agrupación política.

      A su vez, también están contempladas las enfermedades o causas de fuerza mayor. No obstante, cabe destacar que el Tribunal Electoral puede solicitar información complementaria para corroborar que estas causas están justificadas.

      Los motivos válidos para no ser autoridad de mesa
Foto: Federico Lopez Claro Los motivos válidos para no ser autoridad de mesa Foto: Federico Lopez Claro

      En ese caso, el Tribunal Electoral debe seleccionar un nuevo reemplazo entre las personas que están anotadas en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa.

      ¿Quiénes están exceptuados de ser autoridades de mesa en las elecciones 2025 en CABA?

      • Quienes en el plazo de tres (3) días hábiles de recibida la notificación acrediten ante el Tribunal Electoral las razones de enfermedad o fuerza mayor que le impiden desempeñarse como autoridades de mesa.
      • Quienes, con posterioridad a ese plazo y exclusivamente por razones sobrevinientes, acrediten ante el Tribunal Electoral dentro de los tres (3) días hábiles de sucedido el acontecimiento, la existencia del impedimento para la realización de la tarea asignada.

      ¿Cuáles son los requisitos para ser autoridad de mesa en las elecciones 2025 en CABA?

      "A efectos de verificar el cumplimiento de estos requisitos, el Instituto de Gestión Electoral está facultado para solicitar a las autoridades pertinentes la información y antecedentes que estime necesarios", explica el Código Electoral de la CABA en su artículo 182.

      ¿Cuáles son los requisitos para ser autoridad de mesa en las elecciones 2025 en CABA?. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni¿Cuáles son los requisitos para ser autoridad de mesa en las elecciones 2025 en CABA?. EFE/ Juan Ignacio Roncoroni

      Para ser designado autoridad de mesa se debe:

      • Ser elector/a en la mesa asignada.
      • Tener entre 18 y 70 años .
      • Saber leer y escribir.

      Inhabilidades: No pueden ser autoridad de mesa:

      • Desempeñen algún cargo partidario y/o electivo a la fecha de la elección
      • Sean candidatos/as a cargos electivos en la elección respectiva
      • Sean afiliados/as a alguna agrupación política