Los beneficiarios de ANSES deben saber que ante la muerte de un pariente jubilado o un trabajador en actividad, se puede reclamar una pensión del organismo previsional. En este caso, el beneficio lo pueden solicitar los familiares, tanto hijos menores de edad como parejas.
Tramitar la pensión por fallecimiento de un jubilado es bastante sencillo y se puede hacer a través de la web de ANSES. En este caso basta con poder probar el vínculo.
En cambio, para gestionar la pensión por fallecimiento de un trabajador se requiere primero sacar un turno en una oficina para poder asesorarse e iniciar el trámite. En estos casos además de presentar los documentos donde se pueda verificar el vínculo familiar, habrá que llevar también los papeles donde se detalle la relación laboral.
Según explicó a Clarín la abogada previsional Silvia Arce, "el familiar va a cobrar el 70% del monto de la jubilación que cobraba la persona que falleció".
Desde ANSES destacaron que ambos trámites no requieren de gestores, ya que en sus oficinas hay personal especializado que asesora y acompaña a los interesados.

¿Cómo se tramita la pensión por fallecimiento de una persona jubilada?
A esta pensión se la conoce como “derivada” porque los familiares pasan a tener el derecho a cobrar una pensión que deriva de la jubilación que se cobraba.
Los familiares con derecho a percibirla son el cónyuge, el conviviente (antes se llamaba “concubino/a) o el hijo menor de un jubilado. Los hijos la cobrarán hasta los 18 años; el resto, durante toda la vida.